Criptomoneda, el futuro de las transacciones económicas.

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Las Criptomonedas y Hacienda.

Primera Parte

A nadie se le escapa que las criptomonedas están en la palestra de la actualidad, escuchamos como cada día se marcan nuevos récords de valoración en el Bitcoin, que cada movimiento o noticia se sigue con la máxima expectación y como muchos pequeños inversores han decidido probar suerte y participar en esta vorágine, ¿pero sabemos qué consecuencias fiscales tienen las criptomonedas?, ¿existe algún tipo de regulación?, ¿cuáles son sus riesgos inherentes? o ¿qué planes tienen la Unión Europea para esta clase de activos?.

Te vamos a explicar en una serie de entradas la relación actual entre las Criptomonedas y la Agencia Tributaria, que obligaciones hay que tener en cuenta y el futuro que nos espera, porque no todo está escrito para Hacienda.

 

¿QUÉ SON LAS CRIPTOMONEDAS?

 

Pocos quedan que no sepan que son las criptomonedas, en resumidas cuentas, es una nueva realidad monetaria que tiene como base un formato digital y carecen de un soporte físico que las respalde.

Como moneda virtual permite a sus poseedores adquirir bienes o pagar servicios, siempre y cuando la contraparte acepte este medio de pago, ya que no están obligadas a aceptarlo.

A día de hoy, y a pesar de que fin el originario de las criptomonedas era convertirse en un medio de pago alternativo, la mayoría de los usuarios  las están adquiriendo más como un método de inversión y especulación que como un medio de pago.

Lo que nos lleva al primer escollo, la simple definición y consideración de la criptomoneda: ¿es un medio de pago?, ¿un activo financiero?, ¿un valor digital? o ¿un conglomerado de diversas características?. Aunque parezca un problema menor, fiscalmente tendrá repercusión el simple hecho de poder calificarla de una u otra forma.

 

PRINCIPALES PROBLEMAS

 

Además de la propia definición, los principales inconvenientes que generan las criptomonedas han sido detalladas por el Banco de España y la CNMV a través de un comunicado conjunto:

  • Las transacciones económicas realizadas con las criptomonedas no se pueden anular, son irreversibles, cuando se decide realizar la transacción ya no se puede echar atrás.
  • La falta de una regulación legal ya no a nivel estatal, sino a nivel europeo, las convierte en un activo de alto riesgo de las que no se dispone ni de garantías ni de protección. Legalmente, las criptomonedas:
      • NO se consideran un medio de pago.
      • NO cuentan con el respaldo de un banco central.
      • NO están cubiertas por los mecanismos de protección al cliente como los Fondos de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.
  • Se tratan de instrumentos con un alto componente especulativo, unido a que la formación de los precios se genera en ausencia de un organismo de control, lo que les hace vulnerables a la manipulación.
  • El carácter transfronterizo de las criptomonedas, con diversidad de actores que operan en el mercado (emisión, custodia o comercialización) que no se localizan en España, puede llevar que ante la necesidad de resolver conflictos de las operaciones realizadas pueden quedar sin solventar al no estar sujetas ni a la legislación española ni a la europea.
  • Son susceptibles a un uso fraudulento para operaciones de blanqueo de capitales de actividades ilícitas.

Y con todo los problemas que conllevan las criptomonedas, no podemos negar la realidad, las criptomonedas son activos que se compran, intercambian o transmiten entre los diferentes participes en gran volumen a pesar de la inexistencia de operadores regulatorios que garanticen la transparencia del mercado.

 

RELACIÓN ACTUAL ENTRE LAS CRIPTOMONEDAS Y HACIENDA

 

Desde hace varios años, la Agencia Tributaria incluye en su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero a las criptomonedas. Entre sus objetivos se encuentra establecer un control tanto de las criptomonedas como de las personas o entidades que participan directa o indirectamente de ella y poder ofrecer cierta seguridad jurídica a los contribuyentes.

Desde el año 2017 se han ido intensificando el control de las criptomonedas y los operadores de las mismas, potenciando las unidades de investigación de la Agencia Tributaria para prevenir su utilización  por parte del crimen organizado.

Los planes anuales buscan garantizar que la tributación se ajuste a la legalidad vigente con respecto a los titulares de las criptomonedas, su transmisión como la procedencia o el origen de los fondos con los que se financia su adquisición.

 

EL FUTURO QUE NOS ESPERA

 

Y 2021 no iba a ser menos, Hacienda ya está en contacto con diversos operadores y plataformas de comercialización para obtener información de las operaciones con criptomonedas de sus usuarios, y los operadores están abiertos a implementar el intercambio de información de todo contribuyente perteneciente al fisco español.

Puede suceder que a lo largo de 2021 o principios del 2022 se acabe por configurar una normativa específica que genere una seguridad jurídica ante la creciente evolución de las criptomonedas en la sociedad española.

¿Y en qué consistirá esta normativa?

No se está seguro como se acabará desarrollando el texto final, pero el plan que se tiene sobre la mesa constará de diversas fases, teniendo como objetivo final generar un modelo propio en donde los contribuyentes declaren las inversiones en criptomonedas.

El desarrollo reglamentario de la norma tardará un tiempo y nadie garantiza que se cumplan los plazos, además, en los Presupuestos Generales del Estado de 2021 no figura ninguna partida para sufragar los costes del proceso que apareja entre otros la creación por parte del Banco de España del registro de las plataformas de negociación e intercambio de criptomonedas en donde las plataformas tendrán que registrarse y empezar a compartir la información de la que disponen.

Por el momento, se prevé incorporar las criptomonedas al modelo de bienes y derechos en el exterior, es decir, incorporarlas la Modelo 720, de tal forma y hasta la publicación de la nueva normativa, simplificaría las actuaciones de control sobre las operaciones realizadas con las criptomonedas.

 

CONCLUSIÓN

 

No son malas noticias, todo lo contrario, la nueva regulación ayudará a mejorar la reputación de las criptomonedas, favoreciendo la inversión tanto de pequeños inversores como de grandes inversores e inversores institucionales que verían con buenos ojos un mercado regulado y con garantías que le ofrece una norma regulatoria clara y transparente.

Pero, al fin al cabo, el proceso está muy verde y aún nos quedan muchos capítulos antes de tener al menos una idea de lo que se está planeando detrás de las paredes de la Agencia Tributaria y del Ministerio de Economía.

En resumen, saber que la tendencia futura es ir reduciendo paulatinamente el uso del dinero en efectivo y con una regulación futura, considerar a las criptomonedas como un medio alternativo de pago oficial, pero que por el momento todo son suposiciones y que lo único seguro es que desde la Agencia Tributaria se prepara para obtener toda la información posible y que nada se les escape.

Lo más recomendable, es que si no tienes nociones de tributación para saber si has de declarar tus criptomonedas, te pongas en contacto con un asesor fiscal que te ayude a preparar la declaración de forma correcta que te evite sanciones, multas y quebraderos de cabeza.

Y como un punto a tener en cuenta, darle una vuelta a la futura criptomoneda desarrollada por el Banco Central Europeo que se espera se convierta en la moneda digital oficial en la eurozona que puede traer consecuencias en el sistema financiero, el EURO DIGITAL.

 

EN PRÓXIMAS ENTRADAS

 

…vamos analizar las implicaciones fiscales que las criptomonedas tienen tanto a nivel de la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio o en el IVA que tiene toda adquisición, posesión o transmisión tanto en el ámbito de una actividad económica como en el de un particular.

 


 

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