Vacaciones fiscales.

La Agencia Tributaria incluso durante los días de verano, en los que muchos negocios suelen estar cerrados por vacaciones, sigue remitiendo notificaciones electrónicas que, en el caso de no realizar la apertura de las mismas en tiempo y forma, pueden acarrear problemas y sanciones económicas al empresario/profesional.

Es por eso, que la Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes la posibilidad de seleccionar 30 días naturales al año en los que la administración no podrá remitir notificación alguna a su buzón electrónico. Dicha operación se las conoce como Vacaciones Fiscales o Días de Cortesía.

En la entrada de hoy explicaremos como se ha de proceder para solicitar tus días de cortesía.

 

CONSECUENCIAS DE NO CONSULTAR EL BUZÓN ELECTRÓNICO

 

  • Si transcurren 10 días naturales desde la puesta a disposición de la notificación en su buzón electrónico sin que se haya accedido al contenido, la Administración entiende que la notificación ha sido rechazada y comienzan a contar los plazos.
  • Los plazos son esenciales para que una liquidación devenga en firme sin poder presentar alegaciones o interponer recursos o reclamaciones.
  • La no lectura de la notificación puede acarrear sanciones, intereses de demora recargos en casos de liquidaciones con cartas de pago.

 

REQUISITOS PARA PODER SOLICITAR LAS VACACIONES FISCALES

 

El único requisito para poder solicitar las vacaciones fiscales es estar acogido al servicio de notificaciones y comunicaciones electrónicas que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria dispone a través de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

En tal caso, siempre y cuando no hayas solicitado la totalidad de los 30 días de cortesía, podrás proceder con la solicitud.

 

RECOMENDACIONES

 

  • Hay que gestionar los días de vacacione fiscales con al menos 7 días naturales de antelación al periodo de inicio de sus vacaciones.
  • Se pueden seleccionar hasta 30 días naturales al año no consecutivos en los que la Agencia Tributaria no podrá remitir ninguna notificación o comunicación electrónica.
  • Hay que marcar también los Sábados y Domingos.
  • No es aconsejable seleccionar todos los días de agosto, es recomendable reservar algunos días para otros periodos vacacionales como puede ser Navidad o Semana Santa o posibles imprevistos.
  • Tenga en cuenta la vacaciones de su Asesor Fiscal, él también necesita descansar.
  • Elija como días de cortesía las fechas inmediatamente anteriores al comienzo de las vacaciones, evitamos el riesgo de recibir una notificación justo antes de iniciar el periodo estival.
  • Finalizar los días de cortesía unos siete días antes a finalizar las vacaciones, de esta forma, aunque se reciba una notificación en esos días, dispondremos de al menos 10 días para su apertura, por lo que hay tiempo para acceder a la vuelta de vacaciones, ahorrando una semana de nuestras vacaciones fiscales.
  • No es necesario solicitar los 30 días de una vez  y se pueden modificar las fechas seleccionadas, siempre que se notifique dichos cambios con una antelación mínima de siete días naturales.

 

PROCEDIMIENTO

 

ACCESO

 

Para solicitar los días de cortesía hay que acceder al Portal “Mis Notificaciones” a través del siguiente enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/ZN01.shtml y hacer clic en la opción “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada”.

Días de cortesía

Debes identificarte con tu certificado electrónico o Cl@ve Pin.

Acceso a las vacaciones fiscales

 

LA SOLICITUD

 

  • Pinche sobre la opción “Modificar” para iniciar la solicitud. El sistema sólo le dejará marcar los días disponibles.

modificar los días de vacaciones fiscales

  • Según vaya seleccionando los días, estos quedan marcados en verde.

Validación vacaciones fiscales aeat

  • Cuando finalice de seleccionar los días, haga clic en “Validar” y después en “Firmar y Enviar”.

Firma y enviar los días de cortesía

  • En la siguiente ventana marque “Conforme” y vuelva a marcar en “Firmar y Enviar”.

 

EL RESGUARDO

 

El sistema genera un resguardo de la solicitud con un código CSV y el calendario con los días de cortesía seleccionados. Recuerde guardar el resguardo en formato PDF.

 

MODIFICAR LAS VACACIONES FISCALES SOLICITADAS

 

En el caso de querer cambiar o anular algunas de las fechas señaladas, debe utilizar de nuevo la opción modificar.

 


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En Asesor Digital somos colaboradores sociales de la Agencia Tributaría y estamos autorizados para  solicitar las vacaciones fiscales en tu nombre, tu dinos los días en los que vas a estar de vacaciones, y te asesoraremos de los periodos a solicitar y las fechas a disponer como días de cortesía.

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